Tribunal Constitucional dicta sentencias TC/0001/12 y TC/0002/12

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Publicación: Viernes 10 de Febrero , 2012 / 12:00 A. M.
Tribunal Constitucional dicta sentencias TC/0001/12 y TC/0002/12

El Tribunal Constitucional de la República Dominicana ha dictado sus sentencias TC/0001/12 y TC/0002/12 en fecha 6 de febrero de 2012. Las indicadas sentencias, que constituyen las primeras emitidas por el Tribunal Constitucional a raíz de su creación e integración, deciden sendos recursos de revisión contra decisiones dictadas en materia de amparo.

La Sentencia TC/0001/12 decide sobre el recurso de revisión interpuesto por el señor Bianet de Jesús Marcelino Martínez contra el Estado Dominicano y el Jefe de la Policía Nacional, Mayor General José Polanco Gómez, en relación con la sentencia 108-2011, de fecha 12 de octubre de 2011, dictada por el Tribunal Superior Administrativo. En esta decisión, el Tribunal Constitucional declaró inadmisible el recurso de revisión en razón de que fue interpuesto fuera del plazo establecido por el artículo 95 de la Ley 137-11,  Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.

Por su parte, la Sentencia TC/0002/12 resuelve el recurso de revisión intentado por la Asociación de Propietarios de Vehículos Públicos del Distrito Nacional (SICHOVEPO) en contra del Ayuntamiento de Santo Domingo Este y el Lic. Juan de los Santos. Esta sentencia declaró inadmisible el recurso de revisión por cuanto no fue interpuesto conjuntamente con la decisión sobre el fondo del asunto, al tenor del artículo 75, Párrafo IV, de la indicada Ley 137-11.

Ambas decisiones fueron adoptadas por el Tribunal Constitucional a unanimidad de votos.

De conformidad con lo dispuesto por el Tribunal Constitucional en aplicación de la Ley 137-11, las mencionadas decisiones serán notificadas a las partes involucradas y publicadas en el Boletín del Tribunal Constitucional y en la página web del órgano, http://www.tribunalconstitucional.gob.do/sentencias

El Tribunal Constitucional es una entidad pública creada y regulada por los artículos 184 y siguientes de la Constitución de la República Dominicana de fecha 26 de enero de 2010, y por las disposiciones de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales. El Tribunal está compuesto por 13 Jueces.