Magistrado Lino Vásquez destaca el papel del TC en la tutela del Derecho a la Cultura y la preservación del patrimonio cultural

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Publicación: Jueves 24 de Octubre , 2019 / 01:09 P. M.
Magistrado Lino Vásquez destaca el papel del TC en la tutela del Derecho a la Cultura y la preservación del patrimonio cultural

El juez segundo sustituto del presidente del TC, pronunció la conferencia “El patrimonio cultural ante el Tribunal Constitucional”, en PUCMM

SANTO DOMIMGO.- El magistrado Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto del presidente del Tribunal Constitucional (TC), expresó que esta corte, ha desarrollado una importante línea jurisprudencial que perfila la obligación del Estado de velar por la efectiva protección de los derechos culturales, en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución y su Ley Orgánica.

“En ese desarrollo, este colectivo ha tutelado el alcance de este derecho y ha establecido límites con el objetivo de garantizar estas prerrogativas de la colectividad”, subrayó Vásquez Sámuel al pronunciar la conferencia “El patrimonio cultural ante el Tribunal Constitucional”, en el auditorio de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM), organizado por el Comité Dominicano del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios  (ICOMOS, Inc.) y el Comité de Estudiantes de Derecho de la casa de estudios.

En ese sentido, citó que mediante la sentencia TC/0208/14, el tribunal protegió el derecho al patrimonio cultural de la nación en ocasión de una revisión constitucional en materia de amparo interpuesta con la finalidad de que sea revocado el Oficio o comunicación DNPM/RSGO-075/12, emitido por la Dirección Nacional de Patrimonio Monumental, que paralizó la realización de los trabajos de reconstrucción de un inmueble ubicado dentro del Centro Histórico de Santiago. El TC fijó criterios vinculantes sobre la materia, como la declaratoria de un bien como patrimonio cultural implica una restricción del derecho de propiedad sobre el mismo.

También destacó, entre otras, la sentencia TC/0330/15, en la que estableció que la destrucción o transformación de un bien inmueble patrimonial causa un perjuicio cultural e histórico que no habría forma de restaurar.

Durante la conferencia, Vásquez Sámuel dijo que, por esa naturaleza intrínseca, la cultura forma parte de la competencia propia o institucional de cualquier tipo de ente territorial, expresión inmediata de una comunidad.

“En esta línea, la cultura aparece constituyendo un bien público y como tal debe ser conservado para la memoria social y para las generaciones sucesivas, para lo cual se crean instituciones y se construyen edificios que las alberguen, asignando a esta misión recursos humanos y capitales”, expresó.

Dijo que tal es el caso del Icomos, del Ministerio de Cultura, los congresos de cultura, etc., y que se concede el título de valor cultural a determinados elementos y caracteres considerados como imprescindibles o necesarios para los miembros de la sociedad de manera que les permita desarrollarse y adaptarse convenientemente al entorno social en el que les ha tocado vivir.

“En ese sentido, este derecho se configura en la Constitución dominicana en el artículo 64 de la siguiente forma: “Toda persona tiene derecho a participar y actuar con libertad y sin censura en la vida cultural de la nación, al pleno acceso y disfrute de los bienes y servicios culturales, de los avances científicos y de la producción artística y literaria”, apuntó el magistrado Vásquez Sámuel.

Dijo que la carta política dominicana establece una serie de obligaciones del Estado con el objetivo de promover y fomentar el goce y disfrute de la cultura, así como de sus componentes, en condiciones de igualdad, dignidad humana y no discriminación.

En su conferencia ante autoridades, académicos, jueces, abogados, operadores jurídicos y estudiantes de la PUCMM, el segundo sustituto del presidente del TC dijo que el patrimonio cultural es un elemento sustancial y concreto del derecho a la cultura, que en él se refleja la herencia propia del pasado de una comunidad, mantenida hasta la actualidad y trasmitida a las generaciones presentes y futuras.

Refirió que la Ley 41-00, que crea la Secretaría de Estado de Cultura, hoy Ministerio de Cultura, establece que el patrimonio cultural de la nación: “comprende todos los bienes, valores y símbolos culturales tangibles e intangibles que son expresión de la nación dominicana, tales como las tradiciones, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes, incluidos aquellos sumergidos en el agua, materiales e inmateriales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, tecnológico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museográfico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular”.

 

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