Juristas analizan en panel autonomía procesal del Tribunal Constitucional

Compartir:
Publicación: Miércoles 12 de Octubre , 2016 / 06:46 P. M.
Juristas analizan en panel  autonomía procesal del Tribunal Constitucional

SANTO DOMINGO. Los juristas dominicanos Miguelina Ureña, jueza de la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, el constitucionalista, Alberto Fiallo y Juan Fernando Durán, Ex letrado de la corte constitucional de España, analizaron la autonomía procesal del Tribunal Constitucional.

La primera en exponer fue  la magistrada Miguelina Ureña, la cual dijo que al juzgar, el Tribunal Constitucional no tiene que orientarse por otras normativas procesales que no sean las consagradas en la Constitución y en su ley de procedimientos constitucionales.

Entiende la magistrada Ureña  que la normativa constitucional y el Derecho Procesal Constitucional están  unidos no solo en la naturaleza jurídica de la materia, sino además en la meta de dotar a las personas de justicia constitucional.

En su intervención consideró que el Tribunal Constitucional goza de la libertad de interpretación y de admisibilidad de medios procesales para la eficacia de la justicia constitucional, lo que le permite la autonomía procesal en el ámbito de un Derecho Procesal a fin de prevalecer los derechos fundamentales.

Mientras que el constitucionalista, Alberto Fiallo,  explicó  que mal haría el TC, asignado por el texto constitucional como “garante” de esa Supremacía Constitucional, el desestimar una acción que repose en justa petición y que deje asomar una violación bajo el pretexto de la inexistencia o insuficiencia de herramientas  procedimentales.

El jurista sostuvo que el texto constitucional dominicano anuncia la dignidad como uno de sus fundamentos y que de acuerdo a la configuración del ordenamiento constitucional dominicano, el respeto a la dignidad  humana se erige como valor, principio y derecho fundamental consagrados en los  artículos 6 y 7 de la Carta Sustantiva.

En la conclusión de su tema el doctor Alberto Fiallo, dijo que en el contexto dominicano, puede definirse la Autonomía Procesal como la atribución del Tribunal Constitucional, con fundamento constitucional y legislativo, de crear, adecuar figuras procesales y procedimentales, pero que dicha garantías tienen límites en cuanto a los poderes públicos, la seguridad jurídica  y ámbito de las competencias.

El  doctor  Juan Fernando Durán, profesor de la universidad Valladolid, dijo el ejercicio de la función destinada a preservar la defensa de la Constitución, debe garantizar los derechos fundamentales y libertades de los ciudadanos, siempre y cuando no se pierde de vista la dimensión doctrinal del amparo constitucional. 

Al plantearse la pregunta si ¿Existe autonomía normativa del Tribunal Constitucional en términos procesales? Expuso que en términos absolutos no parece, prima facie, que la autonomía normativa del Tribunal Constitucional adquiera relevancia notable procesalmente considerada.

Luego los panelista fueron sometidos a preguntas y respuestas de parte del público. La moderación y presentación de los expositores del primer panel estuvo a cargo del magistrado Justo Pedro Castellanos Pizano, juez del Tribunal Constitucional, cual fue desarrollado en el III CONGRESO SOBRE DERECHO Y JUSTICIA CONSTITUCIONAL “Carácter vinculante del Precedente Constitucional”, celebrado en  el Hotel Sheraton de Santo Domingo.

Departamento de Prensa
12 de octubre,  2016