Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Yeuri Hidalgo contra la Resolución núm. 001-022-2022-SRES-01381, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el nueve (9) de septiembre de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen en todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0163/24; TC/0123/18; TC/0007/12). Depósito de pruebas: a pesar de ser un documento de carácter novedoso no aporta datos relevantes con relación a los hechos juzgados (TC/0342/14). Recurso de revisión penal: causas de procedencia (art. 428 CPP; TC/0478/16; TC/0170/17). Recurso de revisión penal: recurso extraordinario que procura revertir los efectos de una decisión definitiva firme, se justifica que el examen se realice únicamente sobre cuestiones nuevas. Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: actuó de manera correcta al declarar la inadmisibilidad del recurso del cual fue apoderado, pues, en el caso no están dados los requisitos exigidos por el artículo 428 del Código Procesal Penal. Test de la debida motivación: no se configura vulneración. Derechos fundamentales: no vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.