Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la sociedad comercial Climosa Enterprice, S.R.L. contra la Sentencia núm. 0030-04- 2024-SSEN-00648, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el nueve (9) de septiembre del dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (arts. 94, 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0071/13; TC/0109/24; TC/0406/14; TC/0007/12). Acción de amparo: no es la vía más idónea para conocer conflictos concernientes al pago de impuestos (Ley 51-23; TC/0030/12). Tribunal Administrativo en atribuciones ordinarias: competente para conocer de las controversias que estén relacionadas con la legalidad de los actos administrativos de cara al cumplimiento de disposiciones contenidas en una norma legislativa (TC/0010/18). Recurso contencioso tributario: vía judicial para resolver los conflictos en los que se precisara determinar si un contribuyente reúne las condiciones necesarias para acogerse al régimen establecido en la Ley núm. 51-23. Vía judicial idónea: recurso contencioso tributario ante el Tribunal Superior Administrativo. Juez de amparo: actuó correctamente al declarar inadmisible la acción de amparo. Existencia de otra vía judicial efectiva: opera como causal de interrupción de la prescripción civil (TC/0358/17; TC/0344/18). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma.