Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Proconsumidor) contra la Resolución núm. 0033-2022-SRES00001, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticinco (25) de febrero de dos mil veintidós (2022). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los treinta y un (31) días del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (art. 53 LOTCPC). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: naturaleza (TC/0130/13). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada material: requisito de admisibilidad (TC/0300/18; TC/0265/20; TC/0152/21; TC/0337/23). Decisión recurrida: dispuso el reenvío del asunto para el conocimiento de otro tribunal. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el Poder Judicial continúa apoderado del caso en cuestión. Cosa jugada formal y material: diferencia (TC/0153/17). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el proceso continúa en curso como consecuencia de la casación con reenvío. Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito no satisfecho. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible.