Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la Constructora Santo Domingo, COSAD, S.R.L., contra la Sentencia núm. SCJ-PS-23-2835, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de diciembre de dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Principio de celeridad y economía procesal: permite al Tribunal decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (art. 54 numerales 5 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Tutela judicial efectiva y debido proceso: fundamento constitucional (art. 69 Constitución). Suprema Corte de Justicia: al rechazar el recurso de casación determinó que las partes tuvieron oportunidad de ejercer su derecho de defensa en todas las etapas procesales. Réditos de rentas perpetuas y vitalicias: prescripción (art. 2277 CC). Leyes de orden público: obligan a todos los habitantes del territorio y no pueden ser derogadas por convenciones particulares (art. 111 Constitución). Normas relativas a vencimiento de los plazos: son de orden público (TC/0242/15). Suprema Corte de Justicia: comprobó que los jueces de fondo analizaron los contratos de arrendamiento y establecieron el monto correcto de la deuda por concepto de alquileres vencidos y no pagados. Plazo de prescripción: no había llegado a término (art. 2277 CC). Tutela judicial efectiva y debido proceso: no vulneración. Suprema Corte de Justicia: actuó conforme al ordenamiento procesal vigente. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.