Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el Banco Agrícola de la República Dominicana (BAGRICOLA), contra la Sentencia núm. SCJ-PS-22-1613, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0279/17; TC/0443/15; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0007/12; TC/0409/24; TC/0440/24). Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Recurrente: pretende que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre aspectos probatorios de etapas ya precluidas, lo cual escapa de la naturaleza de esta jurisdicción constitucional. Tribunal Constitucional: prohibición de revisar los hechos examinados por los tribunales del ámbito del Poder Judicial (TC/0007/24). Test de la debida motivación: no vulneración. Tutela judicial efectiva y debido proceso: no vulneración (art. 69 Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.