Detalle sentencia TC/0827/17

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Publicación: Miércoles 13 de Diciembre , 2017 / 02:27 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2014-0160

Relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo de cumplimiento interpuesto por la sociedad comercial Caribbean Cargo Express contra la Sentencia núm. 00142-2014, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el diez (10) de abril de dos mil catorce (2014). 

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Competencia (Art. 185.4 Constitución, Arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Acción de amparo de cumplimiento: Recalificación en acción de amparo ordinario (Art. 7.4 y 11 LOTCPC); (TC/0005/16). Acción de amparo: resulta más efectivo para la protección de los derechos vulnerados en el presente caso el amparo ordinario que el amparo de cumplimiento. Acción de amparo: la accionante procuraba la protección de sus derechos y garantías fundamentales (Art. 65 LOTCPC). Debido proceso administrativo: deben cumplirse todas las exigencias institucionales: la puesta en práctica de tales facultades no puede traducirse en la posibilidad de incurrir en actuaciones arbitrarias, abusivas o ilegales. Debido proceso administrativo: en la especie no se haya dado cumplimiento a las reglas del debido proceso (TC/0276/15). Derechos fundamentales: tutela y protección (Art. 68 Constitución). Derechos fundamentales: Las normas del debido proceso se aplicarán a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas (Art. 69 Constitución). Derechos fundamentales: la protección a los derechos y garantías fundamentales, referentes a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, deben ser salvaguardadas, incluso en los procesos sancionadores administrativos y disciplinarios (TC/0068/13). Derecho de propiedad: Toda persona tiene derecho al goce, disfrute y disposición de sus bienes (Art. 69 Constitución). Acción de amparo: La Dirección General de Aduanas (DGA) ha violado el debido proceso administrativo. Astreinte (TC/438/17). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge y revoca. Voto particular: magistrados Jiménez Martínez y Acosta de los Santos.

Voto incorporado del magistrado Justo Pedro Castellanos Khoury

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16/01/2018
tc-0827-17_retiro-vjcp.pdf
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