Relativo al recurso de revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales interpuesto por la Procuraduría General de la República contra la Sentencia núm. 135, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el dos (2) de marzo de dos mil dieciséis (2016).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Arts. 185.4 y 227 Constitución; Arts. 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: su admisibilidad sujeta a la especial trascendencia o relevancia constitucional (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: condición configurada. (TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Plazo: no mayor de treinta (30) días a partir de la notificación de la sentencia (Art. 54.1 LOTCPC). El cómputo del plazo es franco y tomando en cuenta los días calendarios. (TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Motivación. error de estatuir. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: interpretación erróneamente de Tratado de Extradición. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Admite, acoge, anula y ordena envió de expediente en cumplimiento del artículo 54. 10 LOTCPC).