Detalle sentencia TC/0804/18

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Publicación: Lunes 10 de Diciembre , 2018 / 09:41 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2014-0031

Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Fundación Grupo Médico Dr. Delgado,Fundación Tasf Detox, Dr. Gilberto Minaya, Dr. José Joaquín Pérez Cáceres, Dr. Pascual de la Rosa Pérez, Dra. Maritza Guzmán Medina, Dra. Flora M. Colón Suero, Dra. Aura Victoria Camilo Almonte, Dra. Betania Ivelisse Sabino, Licda. Gilma
de Pérez, Lic. Remberto de Jesús González Germán, Licda. María Adelina Horton, Dr. Ramón Camacho, Dr. Luis González González, Dr. Miguel Angel Fidel Suárez, Lic. Pedro Valdez Elena y Licda. Dulce M. Ulloa Ureña contra: 1) la Resolución núm. 803, emitida por el Dr. Fermín Casilla Minaya, abogado del estado ante la Jurisdicción Inmobiliaria, Departamento Central el cinco (5) de junio de dos mil catorce (2014), y 2) el artículo 48 de la Ley núm. 108-05, obre Registro Inmobiliario del veintitrés (23) de marzo de dos mil quince (2015), modificada por la Ley núm.51-07, del veintitrés (23) de abril de dos mil diecisiete (2007).

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Tribunal Constitucional: competencia (art. 185.1 Constitución; art. 9 y 36 LOTCPC). Legitimación activa: toda persona revestida de un interés legítimo y jurídicamente protegido.  Acción directa de inconstitucionalidad: reservada para actos de carácter normativo y alcance general (art. 185.1 Constitución; art. 36 LOTCPC; TC/0041/13). Reglamento 803: acto administrativo con efectos particulares o específicos respecto de un caso concreto (art. 48 Ley 108-05). Acción directa de inconstitucionalidad: inadmisible. Articulo 48 Ley 108-05. Registro Inmobiliario: procedimiento de desalojo (art. 48 Ley 108-05). Test de razonabilidad: criterio de aplicación (TC/0044/12). Principio de razonabilidad: no se configuración una violación. Acción directa de inconstitucionalidad: rechaza. Voto particular: magistrado Castellanos Pizano.

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26/04/2019
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