Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la sociedad comercial Bienes Raíces Habanero, C. por A., y los señores Frank Whian Richardson Lugo, César Aníbal Richardson Lugo, Luis Emilio Richardson Lugo, Gladys Manuela Richardson Lugo, Nicolás Richardson Aseji, Carmen Richardson Cuello e Hipólito Alfredo Richardson Vandespool, contra la Sentencia núm. 12, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el diez (10) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: notificación invalida (TC/0109/24). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: configuración (TC/0265/18; TC/0152/21). Poder judicial: no está desapoderado de la cuestión planteada (TC/0451/20). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no procede contra sentencias que no pongan fin al proceso judicial (TC/0130/13). Decisión recurrida: no ha adquirido la autoridad de la cosa juzgada, por tratarse de una decisión que casó con reenvío el conocimiento de la litis de derechos registrados. Agotamiento de los recursos: requisito de admisibilidad no satisfecho (art. 53.3.b LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.