Detalle sentencia TC/0782/17

Compartir:
Publicación: Jueves 07 de Diciembre , 2017 / 07:28 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2015-0091

 Al recurso de revisión constitucional de amparo incoado por la Policía Nacional contra la Sentencia núm. 00472-2014, dictada el trece (13) de noviembre de dos mil catorce (2014) por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo.

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo (Art. 95 LOTCPC). Plazo: hábil y franco (TC/0080/12; TC/0071/13 TC/0061/13; TC0132/13; TC/0199/14). Plazo: 5 días contados a partir de la notificación de la sentencia (Art. 95 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: si bien es cierto que la ley establece que el plazo empieza a computarse a partir de la notificación, no menos cierto es que su finalidad es que las partes puedan ejercer el derecho a los recursos en los plazos establecidos en la ley (TC/0156/15). Revisión constitucional de sentencia de amparo: inadmisible por extemporáneo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: inadmisible. 

Mostrar PDF en otra pestaña
16/01/2018
tc-0782-17.pdf
259.17 KB