Detalle sentencia TC/0737/17

Compartir:
Publicación: Jueves 23 de Noviembre , 2017 / 03:00 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2016-0264

Recurso de revisión de decisión jurisdiccional interpuesto por la Policía Nacional contra la Sentencia núm. 336, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el seis (6) de mayo de dos mil quince (2015).

Sumario

Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Art. 185.4 y 277 Constitución; Art. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo (Art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: recurribles solo las decisiones que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: supuestos de admisibilidad (Art. 53.3 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: excepción al requisito de invocación de la violación del derecho fundamental durante el proceso (TC/0062/13; TC/0094/13). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: violación de un derecho fundamental no imputable de modo inmediato y directo al órgano jurisdiccional (Art. 53.3 [c] LOTCPC) (TC/0039/15). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: no cumple con el literal c) numeral tres (3) del artículo 53 de la LOTCPC. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: exigencia de que la sentencia supere en sus condenaciones pecuniarias un monto equivalente a los doscientos (200) salarios mínimos no es imputable al órgano jurisdiccional (TC/0057/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no existe posibilidad de violar derechos fundamentales (TC/0057/12; TC/0039/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: los efectos de la sentencia TC/0489/15 fueron diferidos por un período de un (1) año. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la sentencia TC/0489/15 no resulta aplicable a la especie. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no cumple con el literal c) del numeral tres (3) del artículo 53 de la Ley 137-11. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Voto particular: magistrados Castellanos Pizano y Reyes.

Mostrar PDF en otra pestaña
16/01/2018
tc-0737-17.pdf
303.07 KB