Al recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por el señor Juan Carlos Santana Polanco contra la Sentencia núm. 00296-2016, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el once (11) de julio del año dos mil dieciséis (2016).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Sentencias de amparo: recurribles en revisión o tercería (Art. 94 LOTCPC). Recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo: cinco (5) días francos y hábiles (Art. 95 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0219/17, TC/0213/17 y TC/0200/17). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Admisibilidad (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Configuración (TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Principios de oficiosidad. Acción de amparo (Art. 72 Constitución): su admisibilidad es la regla. Doctrina de la ilegalidad continuada: actos lesivos únicos y actos lesivos continuados. (TC/0364/15; TC/0199/16; TC/0304/17). Acción de amparo: plazo para su interposición. Acto lesivo único: marca el inicio del plazo. Revisión de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados Acosta de los Santos y Cury David.