Al recurso de revisión de jurisdiccional, incoado por Michael Alonzo Pujols contra la Sentencia número 172, emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia el dos (2) de diciembre de dos mil quince (2015).
Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Art. 185.4 y 277 Constitución; Arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: recurribles solo las decisiones que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Deber de motivar: obligación a cargo de los jueces de motivar sus decisiones de manera clara y precisa. Motivación: una sentencia carece de fundamentación cuando no contiene los motivos que justifican el análisis del juez en cuanto a su decisión. Debida motivación: garantías del derecho fundamental a un debido proceso y tutela judicial efectiva (TC/0017/13; TC/0610/15; TC/0155/16; TC/0376/16). Deber de motivar: las sentencias de todos los tribunales del orden judicial deben contener una debida motivación (TC/0009/13); (Art. 69 de la Constitución). Debida motivación: el juzgador debe justificar sus decisiones en términos claros, precisos y lógicos (TC/0009/13). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: Acoge y anula. Voto particular: magistrados Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.