Detalle sentencia TC/0673/16

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Publicación: Miércoles 14 de Diciembre , 2016 / 06:01 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2016-0314

los recursos de revisión constitucional en materia de amparo incoado por: a) la Licda. Vianela García Muñoz, procuradora general de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega y b) la Dirección General de Prisiones, representada por su director, Lic. Tomás Holguín La Paz, general de brigada de la Policía Nacional, ambos contra la Sentencia núm. 212-2016- SSEN-00034, dictada por la Tercera Sala del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega el nueve (9) de marzo de dos mil dieciséis (2016). 

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Requisito de admisibilidad: especial trascendencia o relevancia constitucional (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Principio de economía procesal: permite al Tribunal responder varios recursos de revisión en una sola sentencia. Acción de amparo de cumplimiento: no procede contra decisiones judiciales (Art. 108 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge. Acción de amparo de cumplimiento: inadmisible. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.

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17/01/2018
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