Detalle sentencia TC/0669/16

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Publicación: Miércoles 14 de Diciembre , 2016 / 05:59 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2016-0145

recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por la Oficina de la Defensa Pública del Distrito Judicial de La Altagracia contra la Sentencia núm. 00015- 2016, dictada por la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia el diez (10) de febrero de dos mil dieciséis (2016). 

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Acción de amparo: recurrible en revisión o tercería (Art. 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: admisibilidad (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Acción de amparo: no es la vía efectiva. Revisión constitucional de sentencia de amparo: acoge y revoca. Acción de amparo: notoriamente improcedente (Art. 70.3 LOTCPC). Notoriamente improcedente: noción (TC/0038/14; TC/0035/14). Juez de amparo: incurrió en una desnaturalización de los hechos. Acción de amparo: no procede contra los derechos protegidos por el Habeas Corpus y el Habeas Data (Art. 65 LOTCPC). Acción de amparo: notoriamente improcedente. Acción de amparo: inadmisible. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez. 

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17/01/2018
tc-0669-16.pdf
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