Detalle sentencia TC/0622/15

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Publicación: Viernes 18 de Diciembre , 2015 / 06:50 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2014-0247

Los siguientes recursos: 1) recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesta por la señora Marilyn Martínez Bernal, en representación de Ana Martínez Bernal y los sucesores de José Martínez contra la Sentencia núm. 397-13-000249, dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez el cinco (5) de noviembre de dos mil trece (2013); y 2) recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por los señores Marilyn Martínez Bernal, Maribel Martínez Bernal, Jhoselyn Martínez Bernal, José Martínez Bernal y Ana Rosa Martínez Bernal contra la Sentencia núm. 397-14-00002, dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Santiago Rodríguez el siete (7) de febrero de dos mil catorce (2014).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Principio de economía procesal: su aplicación permite al Tribunal fusionar los expedientes (TC/0094/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: paso para su interposición (art 95 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo franco TC/0080/12. Revisión constitucional de sentencia de amparo: inadmisible en lo que respecta a la sentencia núm. 397-13. Revisión constitucional de sentencia de amparo: requisito de admisibilidad (art 100 LOTCPC). Especial trascendencia y relevancia constitucional (art 100 LOTCPC: configuración TC/0007/12). Medios de inadmisión: procede su presentación en cualquier estado de causa (art 45 ley 834. acción de amparo: su desestimación impide a otro juez conocerla (art 103 LOTCPC). Acción de amparo: sanciona actuaciones arbitrarias. Recurso contencioso administrativo: Acción de amparo: procede hasta tanto sea decidido el recurso contencioso administrativo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge. Votos particulares: Jiménez Martínez y Castellanos Khoury.

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17/01/2018
sentencia-tc-0622-15.pdf
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