Detalle sentencia TC/0620/17

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Publicación: Jueves 02 de Noviembre , 2017 / 06:29 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2015-0157

Relativo al recurso de revisión incoado por la Oficina Nacional de la Defensa Pública y el Consejo Nacional de la Defensa Pública contra la Sentencia núm. 24, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el once (11) de febrero de dos mil quince (2015). 

Sumario

Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Art. 185.4 y 277 Constitución; Art. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Incongruencia extra petitum: solo tiene lugar cuando el tribunal en su fallo hace pronunciamientos distintos a las pretensiones de las partes.  Incongruencia extra petitum: esta solo surge cuando se altera la causa petendi o se sustituye el tema decidendi. Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional: en el presente caso no se vulnera el principio de extra petita. Deber de motiva: incluir en su argumentación aquellos elementos que estime pertinentes sin que ello pueda ser considerado extra petita.  Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: deber de motivar adecuadamente su decisión (Art. 69 Constitución). Principio extra petita: solo tiene lugar cuando en la parte dispositiva de la sentencia el juez se pronuncia sobre cuestiones que no fueron debidamente planteadas por las partes. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Rechaza y confirma.

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16/01/2018
tc-0620-17.pdf
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