Detalle sentencia TC/0613/15

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Publicación: Viernes 18 de Diciembre , 2015 / 01:52 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2015-0056

Recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por el señor Ramón Benito Ramírez Cabrera contra la Sentencia núm. 20150783, dictada por el Tribunal de Jurisdicción Original del Distrito Nacional el veintiocho (28) de febrero de dos mil quince (2015).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia: (Arts. 185.4 Constitución; Arts. 94 LOTCPC). Notificación: La sentencia se considera notificada desde el momento en que el destinatario tiene a su disposición el texto íntegro. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo (Art. 95 LOTCPC). Plazo: franco y hábil; 5 días a partir de la notificación (Art. 95 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13; TC/0132/13). Plazo: Oportuno. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Admisibilidad (Art. 100 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Admisibilidad: especial trascendencia o relevancia constitucional (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acción de amparo: Inadmisible por ser notoriamente improcedente (Art. 70.3 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge y revoca. Voto particular: Jiménez Martínez.

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17/01/2018
sentencia-tc-0613-15.pdf
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