Detalle sentencia TC/0595/17

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Publicación: Jueves 02 de Noviembre , 2017 / 06:04 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2015-0143

Referencia: Expediente núm. TC-052015-0143, relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por Frank Pichardo Manzano contra la Sentencia núm. 00532-2014, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el quince (15) de diciembre de dos mil catorce (2014).  

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185.4 Const. Arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: sujeta a la especial trascendencia o relevancia constitucional (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional. Noción Abierta y configurada. (TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo: cinco (5) días contados a partir de la fecha de notificación de la sentencia (95 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo franco: no se le computarán los días no laborales, ni el primero ni el último día de la notificación de la sentencia. Acción de amparo: Requisitos de admisibilidad. Plazos. Interposición dentro de los sesenta (60) días que sigan a la fecha en que el agraviado ha tenido conocimiento del acto u omisión que le ha conculcado un derecho fundamental. (Art. 70.2 LOTCPC). Acción de amparo: el accionante no realizó gestiones y diligencias tendentes a su reintegro que interrumpiera la prescripción del plazo legal para la interposición de la acción de amparo. Acción de amparo: Extemporánea. Revisión constitucional de sentencia de amparo. Admite, acoge y revoca. Acción de amparo: inadmisible. Votos particulares: magistrados Jiménez Martínez y Vásquez Sámuel. 

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16/01/2018
tc-0595-17.pdf
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