Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Karina Victoria Dabas de Medina contra la Sentencia núm. 22, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el cuatro (4) de marzo de dos mil quince (2015).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC, TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (art. 53 LOTCPC) revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos satisfechos (TC/0123/18). Tribunal constitucional: le corresponde revisar la sentencia (art. 53 LOTCPC). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito satisfecho (art. 277 Constitución, TC/0123/18). Especial trascendencia y relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (Art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Test de la debida motivación: criterios (TC/0009/13). Suprema corte de justicia: adecuada motivación de la sentencia. Suprema corte de justicia: no vulneración de derechos fundamentales. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite y rechaza. Votos particulares: magistrados Vázquez Samuel, Acosta de los Santos, Castellanos Khoury, Castellanos Pizano.