Detalle sentencia TC/0571/19

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Publicación: Miércoles 11 de Diciembre , 2019 / 03:34 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2017-0159

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo de cumplimiento interpuesto por el Ministerio de Hacienda de la República Dominicana contra la Sentencia núm. 0030-2017- SSEN-00027, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el siete (7) de febrero de dos mil diecisiete (2017).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Todas las sentencias emitidas por el juez de amparo puedan ser recurridas en revisión. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Requisitos de admisibilidad. Plazos. Cinco (5) días contados a partir de la fecha de su notificación. (art. 95 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acción de amparo de cumplimiento: cumplimiento de la Ley 86-11, sobre Disponibilidad de Fondos Públicos. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Correcta aplicación e interpretación de la ley y adecuada aplicación de criterios jurisprudenciales. La existencia de un decreto que declara de utilidad pública o interés social la expropiación de un bien, no implica que se haya producido la expropiación en términos jurídicos. No es al Poder Ejecutivo, ni tampoco al Poder legislativo a los que les corresponde ordenar la expropiación, sino al juez administrativo, salvo que haya un acuerdo amigable entre el Estado y el propietario del bien a expropiar. Revisión constitucional de sentencia de amparo: No constituyen causales eximentes respecto del Estado dominicano frente a su obligación material de resarcir a los expropiados. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Admite, rechaza, confirma y dispuso que el Ministerio de Hacienda incluya en la partida de su presupuesto de los dos mil veintiuno (2021), el pago de la suma de veinticuatro millones trescientos setenta y ocho mil setecientos dieciocho pesos dominicanos con 00/100 centavos ($24,378,718.00), a favor de los señores José Antonio Suárez y Lino Fernando Suárez. Votos particulares: magistrados: Díaz Filpo, Acosta de los Santos, Beard Marcos, Jiménez Martínez, Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.

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11/12/2019
tc-0571-19-tc-05-2017-0159.pdf
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