Detalle sentencia TC/0553/17

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Publicación: Miércoles 25 de Octubre , 2017 / 12:00 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2016-0028

relativo al recurso de revisión de amparo incoado por el señor Abel Lachapelle Ruiz contra la Sentencia núm. 1420/15, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Monseñor Nouel el dieciséis (16) de diciembre de dos mil quince (2015).  

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Tribunal competente: Derecho a ser juzgado por el tribunal competente: constituye una garantía fundamental que deriva del principio de independencia e imparcialidad del juez apoderado (Art. 69.2 Constitución). Competencia: el tribunal en materia de amparo está determinada por el lugar donde se haya producido el acto u omisión cuestionada.  Competencia: al juez de primera instancia conoce de la acción de amparo (Art. 72 LOTCPC). Competencia: intimación previo inicio del procedimiento de desalojo (Arts.47 y 48 Ley 108-05). Competencia: Jurisdicción Inmobiliaria es la competente para decidir la controversia. Revisión constitucional de sentencia de amparo: revocación de la sentencia de amparo y la declinatoria del proceso ante el Tribunal de Jurisdiccional Original (TC/0185/13).  Derecho de propiedad: el certificado de Título es el documento oficial emitido y garantizado por el Estado dominicano, que acredita la existencia de un derecho real y la titularidad sobre el mismo (Art. 91 LOTCPC). Título de la propiedad: nace el derecho registrado. Acción de amparo: es un mecanismo procesal para reclamar ante los tribunales la protección inmediata contra actos u omisiones de autoridad pública o de los particulares que amenacen o vulneren derechos fundamentales (Art. 72 Constitución). Acción de amparo: procedimiento preferente, sumario, oral, público, gratuito y no sujeto a formalidades (TC/0027/13).  Derecho de defensa: Pilares (TC/404/14; TC/0042/13). Derecho de defensa: Contenido (TC/0202/13). Derecho de defensa: no vulnerado. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Rechaza y confirma. Voto particular: Jiménez Martínez.

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16/01/2018
tc-0553-17.pdf
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