Detalle sentencia TC/0549/19

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Publicación: Miércoles 11 de Diciembre , 2019 / 08:54 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2019-0062

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Jeanette Virginia García Blanco contra la Sentencia núm. 237, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el tres (3) de abril de dos mil diecisiete (2017).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (art. 185.4 y 277 Constitución; arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Plazo: franco y calendario (Art 54.1 LOTCPC; TC/143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: los requisitos se encuentran satisfechos (art. 53.3 a, b y c LOTCPC; TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Especial trascendencia o relevancia constitucional: admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Tribunal Constitucional: no puede entrar a valorar las pruebas y los hechos de la causa (TC/0327/17). Suprema Corte de Justicia: correcta aplicación de la norma. Proceso penal: el plazo inicia el día de la imputación formal. Citación penal: carácter de medida cautelar personal. Citación: limita la libertad personal del individuo a la cual va dirigida. Procesos penales: computo del máximo de duración (TC/0214/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Extinción de la acción penal: regulaciones resolución de la suprema corte de justicia. Proceso penal pueden: ser consideradas como dilatorias o abusivas y que inciden en el retraso para el conocimiento del caso o la adopción de una decisión definitiva (TC/0394/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Obligación a cargo de los jueces de motivar sus decisiones de manera clara y precisa. Test de la debida motivación: no se configura una vulneración (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: correcta aplicación de la norma. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados Vásquez Sámuel y Castellanos Pizano.

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11/12/2019
tc-0549-19-tc-04-2019-0062.pdf
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