Detalle sentencia TC/0548/15

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Publicación: Jueves 03 de Diciembre , 2015 / 01:27 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2015-0048

Recurso de revisión de sentencia de amparo interpuesto por Pablo Miguel de Lara Jiménez contra la Sentencia núm. 058/2015, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Monseñor Nouel el tres (3) de febrero de dos mil quince (2015).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Admisibilidad (Arts. 94 y 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Configuración (TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Tutela judicial efectiva (derecho de defensa) y falta de motivación: no hay violación ya que el proceso ha sido público, oral y contradictorio. Falta de motivación: Derecho de propiedad: juez de amparo realizó buena motivación ya que se refirió al conflicto de propiedad de un vehículo justificado en matrícula original y certificación de la DGII. Derecho de propiedad: concepto (Art. 51 Constitución). Derecho de propiedad: matricula o certificado de propiedad (Art. 1 Ley núm. 241). Revisión constitucional de sentencia de amparo: vehículos de motor se encuentran sometidos a un régimen de registro y publicidad especializado canalizado ante el Departamento de Vehículos de Motor de la DGII. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite y rechaza.

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17/01/2018
sentencia-tc-0548-15.pdf
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