Detalle sentencia TC/0530/25

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Publicación: Miércoles 23 de Julio , 2025 / 05:38 P. M.

Referencia: TC-05-2024-0273

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Amaury Alexander Carrión Bidó contra la Sentencia núm. 0030-03-2023-SSEN00297, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintiocho (28) de julio del dos mil veintitrés (2023).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 94, 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13; TC/0007/12). Juez de amparo: declaró la improcedencia de la acción sobre la base de cuestiones que corresponden al fondo del asunto. Acción de amparo de cumplimiento: objeto (art. 104 LOTCPC). Acción de amparo de cumplimiento: unificación de determinados criterios sobre la terminología en las distintas fases del proceso (TC/0845/24). Juez de amparo: debió dotar el proceso de su verdadera fisonomía y recalificar la acción de amparo de cumplimiento en un amparo ordinario (TC/0179/22; TC/0580/24). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: objeto (art. 72 Constitución). Pretensiones del accionante: no es pasible de ser ponderadas mediante el procedimiento de la acción de amparo, sino por medio de un recurso contencioso administrativo (TC/1010/24). Accionante: su reclamo comprende el recálculo de la pensión concedida en su favor. Acción de amparo: criterio de la procedencia para dilucidar aspectos relacionados con el derecho a la pensión (TC/0091/16; TC/0080/17). Vía efectiva: contencioso-administrativa. Otra vía judicial efectiva: opera como causal de interrupción civil del plazo de prescripción (art. 2244 CC; TC/0358/17; TC/0234/18). Acción de amparo: inadmite.

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23/07/2025
tc-0530-25-tc-05-2024-0273.pdf
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