La acción directa de inconstitucionalidad incoada por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el señor José Saturnino Espinal contra la Resolución núm. 469-2010, del dieciséis (16) de junio del año dos mil diez (2010) de la Cámara Contenciosa de la Junta Central Electoral.
Acción directa de inconstitucionalidad. Acción directa de inconstitucionalidad: Competencia (Artículo 185, numeral 1 Constitución; Artículo 36 LOTCPC). Acción directa de inconstitucionalidad: Objeto. Solo pueden ser atacadas mediante acciones directas de inconstitucionalidad las leyes, decretos, reglamentos, resoluciones y ordenanzas. Acción directa de inconstitucionalidad: Inadmisible contra decisiones jurisdiccionales u otra actuación distinta de las contenidas en los artículos 185.1 de la Constitución y 36 LOTCPC).