Detalle sentencia TC/0522/20

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Publicación: Martes 29 de Diciembre , 2020 / 12:03 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2015-0018

Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad del treinta (30) de abril de dos mil quince (2015) incoada por los señores Claribel del Carmen Moya Hernández, Pedro Bienvenido Rojas Castro y Fulvio Silvestre Moya Hernández contra los artículos 160, 164 párrafo v, y 168 párrafo III al 172 de la Ley núm. 189- 11, sobre Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso en la República Dominicana del dieciséis (16) de julio de dos mil once (2011).

Sumario

Acción directa en inconstitucionalidad. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.1 Constitución; art 36 LOTCPC). Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido (art. 185.1 Constitución; art. 37 LOTCPC). Legitimación activa: configuración (art. 185 Constitución; TC/00345/19)). Derecho a la igualdad: definición (art. 39 Constitución); (TC/0119/14). Hipoteca: garantía real. Embargo inmobiliario: vía de ejecución (TC0530/15). Test de la igualdad: no hay trato desigual con relación a la norma atacada (TC/0033/12; TC/0060/14). Derecho de defensa: no se configura violación. Test de la razonabilidad: no se configura violación (art. 40.5 Constitución; TC/0044/12). Acción directa en inconstitucionalidad: declara conforme a la Constitución. Voto particular: magistrados Acosta de los Santos, Gómez Ramírez y Jiménez Martínez.

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02/09/2021
tc-0522-20-tc-01-2015-0018.pdf
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