Detalle sentencia TC/0519/15

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Publicación: Martes 10 de Noviembre , 2015 / 07:34 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-08-2012-0077

Recurso de casación incoado por José Bienvenido Pimentel Caraballo contra la Sentencia núm. 676, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el nueve (9) de noviembre de dos mil seis (2006).

Sumario

Recurso de casación. Recurso de casación: Sentencia de amparo. Suprema Corte de Justicia: por aplicación del principio de la inmediata aplicación de las reglas de procedimiento, declara su incompetencia para conocer el recurso de casación. Recurso de casación: único mecanismo para objetar las sentencias de amparo (Ley 437-06). Sentencias de amparo: solo son recurribles en Tercería y Revisión Constitucional (Art. 94 LOTCPC). Recurso de casación: nacimiento de una situación jurídica consolidada. Suprema Corte de Justicia: obligación de estatuir sobre situaciones jurídicas consolidadas (TC/0064/13). Principios de oficiosidad, de tutela judicial diferenciada y favorabilidad: su aplicación permite al Tribunal recalificar el recurso de casación como uno de revisión constitucional de sentencia de amparo (TC/0064/14 y TC/0220/14). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Requisito de admisibilidad (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia y relevancia constitucional: Concepto (TC/0007/12). Principio de informalidad: permite obviar el no emplazamiento, siempre que el recurso haya sido interpuesto. Certificado de título: valida el derecho de propiedad (Art. 91 Ley núm. 108-5). Abogado del Estado: le corresponde garantizar los derechos inmobiliarios registrados (Art. 169 Constitución; Art. 12 Ley núm. 108-5). Acción de amparo: vía judicial efectiva (Art. 70.2 LOTCPC). Acción de amparo: vulneración al derecho de propiedad. Revisión constitucional de sentencia de amparo: naturaleza del astreinte (TC/0048/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Rechaza y confirma. Voto particular: magistrada Piña Medrano.

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17/01/2018
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