Detalle sentencia TC/0512/22

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Publicación: Martes 27 de Diciembre , 2022 / 07:52 P. M.

Referencia: TC-04- 2022-0083

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el Sr. Frank Augusto Emigdio Féliz Sánchez y compartes, contra la Sentencia núm. 033-2021-SSEN-00947, emitida por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de septiembre de dos mil veintiuno (2021).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal constitucional: competencia (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad (art. 277 Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54. 1 LOTCPC; TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad cuando se trata de vulneración de derechos fundamentales. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el tribunal debe verificar si se satisfacen los requisitos de admisibilidad (TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la simple aplicación de normas jurídicas no generan vulneraciones imputables a la suprema corte de justicia (TC/0057/12, TC/0429/19). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se advierte que la suprema corte se limitó a aplicar la normativa vigente. Indivisibilidad de objeto litigioso: medio de inadmisión (TC/0571/18). Recursos: son inadmisibles cuando luego de su interposición no hayan sido notificados a las partes (TC/0064/22, TC/0209/14). Derecho al debido proceso: no impide al legislador establecer requisitos de admisibilidad de los recursos (TC/0571/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: a la suprema corte de justicia no le es imputable la vulneración de derechos fundamentales (art. 53. 3 literal c LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite. Voto particular: Vásquez Samuel, Castellanos Khoury, Castellanos Pizano, Valera Montero.

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27/12/2022
tc-0512-22-tc-04-2022-0083.pdf
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