Recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por la Policía Nacional contra la Sentencia núm. 00492-2014, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el veinticuatro (24) de noviembre de dos mil catorce (2014).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: requisito de admisibilidad (Art. 95 Parte infine LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: el plazo es hábil y franco (TC/0071/13; TC/0080/12; TC/0061/13; TC/0132/13; TC/0147/13; TC/0157/13; TC/0167/13; TC/0254/13; TC/0137/14; TC/0199/14; TC/0036/15; TC/0088/15; TC/0097/15; TC/0122/15; TC/0451/15; TC/0568/15 y TC/0375/14). Especial trascendencia o relevancia constitucional: admisibilidad (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia y relevancia constitucional: configuración. (TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: error procesal del juez de amparo al acoger la acción cuando el plazo de interposición se encontraba holgadamente vencido. Acción de amparo: Plazo. Plazo: 60 días. (Art. 70.2 LOTCPC); (TC/00130/1; TC/0091/14; TC/0354/14 y TC/0165/15; TC/0364/15; TC/0184/15; TC/0016/16; TC/0039/16; TC/0040/16; TC/0104/16; TC/0114/16; TC/0115/16; TC/0162/16; TC/0175/16; TC/0180/16; TC/0181/16; TC/0191/16; TC/0193/16 y TC/0036/16). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: inadmisible por extemporáneo. Voto conjunto: magistrados Ray Guevara, Díaz Filpo y Gómez Ramírez. Votos particulares: magistrados Jiménez Martínez y Castellanos Pizano.