Detalle sentencia TC/0473/15

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Publicación: Jueves 05 de Noviembre , 2015 / 12:48 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2012-0041

Recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por José Pancracio Miguel de Peña Jiménez, contra la Sentencia núm. 33-2011, dictada por la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el diecisiete (17) de octubre de dos mil once (2011).

Sumario

Recurso de casación. Recurso de casación: Suprema Corte de Justicia. Suprema Corte de justicia: declara su incompetencia. Sentencias de amparo: solo son cuestionable ante el Tribunal Constitucional (Art. 94 LOTCPC; TC/0101/15). Principio de oficiosidad (Art. 7.11 LOTCPC): permite recalificar el recurso de casación como de revisión de sentencia de amparo (TC/0015/12, TC/0174/13, TC/0210/13, TC/0015/14, TC/0207/14 y TC/0348/14). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo (Art. 95 LOTCPC). Plazo: 5 días francos y hábiles (TC/0080/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: extemporáneo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: inadmisible. Voto particular: magistrados Castellanos Khouri y Díaz Filpo.

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17/01/2018
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