Detalle sentencia TC/0449/15

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Publicación: Martes 03 de Noviembre , 2015 / 08:09 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2013-0107

Recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por la señora Vianny Keuly Amador contra el Auto núm. 56-2013, dictado por la Primera Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo el siete (7) de marzo de dos mil trece (2013).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo: requisitos de admisibilidad (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia y relevancia constitucional (Art. 100 LOTCPC): Configuración (TC/0007/12). Acción de amparo: debe instruirse respetando el debido proceso (Art. 69 Constitución). Acción de amparo: Juez se apartó de los preceptos legales que regulan el procedimiento de amparo, específicamente el Art. 70 LOTCPC, al decidir inadmisibilidad en Cámara de Consejo, en atribuciones administrativas. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge. Revisión constitucional de sentencia de amparo: LOTCPC no faculta al Tribunal Constitucional a devolver el expediente ante el juez que dictó la sentencia. Principios de celeridad, efectividad y oficiosidad (Arts. 7.24 y 11 LOTCPC): su aplicación le permite al Tribunal devolver el expediente ante el juez de amparo, a fin de que cumpla con las disposiciones legales, en cuanto a instruir los expedientes previo al conocimiento de la Litis en cuestión (TC/0168/15). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge, anula y remite.

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17/01/2018
sentencia-tc-0449-15-c.pdf
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