Detalle sentencia TC/0446/17

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Publicación: Jueves 24 de Agosto , 2017 / 02:55 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2017-0087

recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por Alfredo Dalmau Thomas contra la Sentencia núm. 335, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el cuatro (4) de abril de dos mil dieciséis (2016).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: competencia (Art. 185.4 y 277 Constitución; Art. 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: decisión sobre la admisibilidad y el fondo (TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: procede por tratarse de una sentencia que ha adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo (Art. 54.1 LOTCPC). Plazo franco y calendario (TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: causales de admisibilidad (Art. 53.3 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: supuestos de admisibilidad (Art. 53 LOTCPC). Revisión Constitucional de Decisiones jurisdiccionales: inexigibilidad del requisito de la invocación formal previa (Art. 53.3 [a] LOTCPC; TC/0057/12). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: inexigibilidad del agotamiento de los recursos disponibles (Art. 53.3 [b] LOTCPC; TC/0057/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Especial trascendencia o relevancia constitucional: (TC/0007/12; Art. 100 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: principio de inmediación (Art. 307 PCP). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: principio de oralidad: se encuentra estrechamente ligado a los principios de inmediación, concentración y publicidad (Art. 311 PCP; Art. 69.4 Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: principio del Juez Natural Art. 69.2, 4. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Tutela judicial efectiva y Debido proceso (Art. 69 de la Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no se ha aportado prueba alguna que demuestre que uno de los jueces suscribientes de la sentencia núm. 335, no estuvo presente en la audiencia. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: estricto cumplimiento de las garantías inherentes a la tutela judicial efectiva y a un debido proceso. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia: no incurrió en la inobservancia señalada por el recurrente. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: motivación (TC/0009/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: magistrado Reyes.

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17/01/2018
tc-0446-17.pdf
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