Detalle sentencia TC/0443/19

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Publicación: Viernes 11 de Octubre , 2019 / 09:57 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2015-0260

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Beato Antonio Reyes Peña, Silvestre González de León y Junta Municipal Juma-Bejucal en contra de la Sentencia núm. 1138/14, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Monseñor Nouel, el seis (6) de noviembre de dos mil catorce (2014).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Acción de ampro: Otra vía: el ejercicio de la mencionada facultad de inadmisión se encuentra condicionada a la identificación de la vía judicial que el tribunal considere idónea (art. 70.1 LOTCPC) (TC/0021/12; TC/0030/12; TC/0049/12; TC/0083/12; TC/0084/12; TC/0098/12; TC/0097/13). Otra vía: la devolución de los vehículos y otros bienes materiales implica no solo el establecimiento de los supuestos hechos que se le atribuyen a los accionados, sino también la aplicación del derecho por el juez ordinario. Otra vía: –la jurisdicción penal– para la protección y restablecimiento de los derechos fundamentales alegadamente conculcados (art. 70.1 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencias de amparo: Rechaza y confirma.

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11/10/2019
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