Detalle sentencia TC/0441/18

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Publicación: Martes 13 de Noviembre , 2018 / 06:27 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2018-0016

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la Fundación Soldado Desamparado (FUNSODIN) y los señores Juan Carlos Mañón Rosa y Solano Díaz Zabala contra la Sentencia núm. 0030-2017-SSEN00273, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el catorce (14) de septiembre de dos mil diecisiete (2017).  

Sumario

Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Art. 185.4 y 277 Constitución; Art. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (Art. 53 LOTCPC). Derecho de propiedad: triple dimensión: goce, disfrute y disposición (TC/0188/12). Derecho a la propiedad: derecho exclusivo (TC/0188/12). Usufructo: derecho de gozar de cosas cuya propiedad pertenece a otro (Art. 578 CC). Usufructo: se reconoce la propiedad ajena (Art. 578 CC). Usufructuario: mero detentador de la cosa de la cual tiene el goce y disfrute, pero no la propiedad. Derecho de usufructo: no constituye ni puede ser asimilado al derecho de propiedad sobre el inmueble. Derecho de usufructo: no es un derecho fundamental cuya lesión autorice a la víctima a reclamar su protección mediante la acción de amparo. Usufructo: se reconoce que el bien sobre el cual dicho derecho recae es un bien ajeno. Revisión constitucional de sentencia de amparo: no se ha demostrado vulneración de derechos fundamentales. Revisión constitucional de sentencias de amparo: Rechaza y confirma. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.

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13/11/2018
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