Detalle sentencia TC/0429/17

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Publicación: Viernes 11 de Agosto , 2017 / 03:46 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2016-0341

recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el señor Eugenio Núñez Rosario contra la Sentencia núm. 0414- 2016, dictada por la Cámara Penal del Juzgado Primera Instancia del Distrito Judicial de Monseñor Nouel el cuatro (4) de abril de dos mil dieciseis (2016).  

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185.4 Constitución; Art. 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Sólo son susceptibles de ser recurridas en revisión y en tercería. Revisión constitucional de sentencia de amparo. Plazo: Cinco días contados a partir de la fecha de su notificación (Art. 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo: franco, no se computarán los días no laborales, ni el primero ni el último día de la notificación de la sentencia. (TC/0080/12). Acción de amparo: Otra vía eficaz (Art.70.1 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Admite, rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados Jiménez Martínez y Castellanos Pizano. 

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17/01/2018
tc-0429-17.pdf
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