Detalle sentencia TC/0429/15

Compartir:
Publicación: Viernes 30 de Octubre , 2015 / 09:01 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2014-0090

Recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por los señores Ana Margarita Lluberes Arzeno e Isaías Salvador García Montas contra la Sentencia civil núm. 448, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el ocho (8) de mayo de dos mil trece (2013).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Admisibilidad (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la violación del derecho fundamental no fue posible invocarla en el ámbito del poder judicial, en virtud de que las violaciones alegadas fueron cometidas por la decisión de la Suprema, esto es en la última instancia. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: su admisibilidad está condicionada a que exista especial trascendencia o relevancia constitucional (Art. 53 y 100 LOTCPC). (TC/0007/12); Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: para determinar la supuesta violación al derecho de defensa y debido proceso, no solo basta con invocarlo, sino que es preciso indicar dónde existió la supuesta violación. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: violación derecho de propiedad: no se trata en modo alguno sobre una litis sobre derecho de propiedad; sino que es una demanda en cobro de alquileres, rescisión de contrato  y desalojo. Recurso de casación: Ley sobre Procedimiento de Casación exige, de manera imperativa, determinar cuál será el salario mínimo más alto establecido para el sector privado imperante al momento de interponerse el recurso, y por otro lado, establecer si el monto resultante de los doscientos (200) salarios excede de la condenación establecida en la sentencia. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Suprema Corte de Justicia al declarar inadmisible el recurso de casación, actuó conforme a la ley, por lo que no vulneró derechos fundamentales alegados. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Rechaza y confirma. Votos particulares: magistrado Castellanos Khoury.

Mostrar PDF en otra pestaña
17/01/2018
sentencia-tc-0429-15.pdf
503.27 KB