Recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por el señor David Mendaña Rodríguez contra la Sentencia de amparo núm. 01/12, dictada por la Primera Sala del Juzgado de Trabajo del Distrito Judicial de Santo Domingo Este el veintitrés (23) de enero de dos mil doce (2012).
Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo (Art. 95 LOTCPC). Recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo: cinco (5) días francos y hábiles (TC/0080/12). Sentencia recurrida: notificación (TC/0217/14). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Inadmisible. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.