Detalle sentencia TC/0421/15

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Publicación: Jueves 29 de Octubre , 2015 / 09:00 P. M.

Referencia: Expedientes números TC-04-2014-0011 y TC-04-2014-0257

Los recursos de revisión de decisión jurisdiccional incoados por el señor Marcos Darío Antonio Guareño contra: a) Sentencia núm. 229/2013, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia, del veinticuatro (24) de abril de dos mil trece (2013); b) Sentencia núm. 20122080, dictada por el Tribunal Superior de Tierras del departamento norte, del veinte (20) de agosto de dos mil doce (2012); y c) Sentencia núm. 20100172, dictada por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Santiago del ocho (8) de enero de dos mil diez (2010).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Fusión de expedientes: constituye una práctica de los tribunales cuando entre dos demandas o dos recursos existe un estrecho vínculo de conexidad. Fusión de expedientes: garantía del principio de economía procesal (TC/0094/12). Fusión de expedientes: facultad discrecional de los tribunales (TC/0094/12; TC/0089/13; TC/0254/13). Fusión de expedientes: procede en la justicia constitucional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Principio de celeridad (Art. 7.2 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Principio de efectividad, tutela judicial diferenciada (Art. 7.4 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Arts. 185.4 y 277 Constitución; Arts.  9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Sentencias 2010-0172 y 20122080: requisitos de admisibilidad (Art. 53 LOTCPC). Sentencias 2010-0172 y 20122080: Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: Inadmisibilidad (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC; TC/0121/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Sentencias 2010-0172 y 20122080: Inadmisibles (TC/0090/2012; TC/0053/2013; TC/0105/2013; TC/0121/2013; TC/0130/2013; TC/0262/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Sentencia 229/2013: requisitos de admisibilidad (Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Sentencia 229/2013: Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: Admisibilidad (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Sentencia 229/2013: especial trascendencia o relevancia constitucional: Admisibilidad (Art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Especial trascendencia o relevancia constitucional: noción abierta e indeterminada (TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Sentencia 229/2013: el recurso no supone una cuarta instancia. El tribunal no debe pronunciarse sobre ninguna cuestión del fondo (TC/0010/13). Motivación de las sentencias: principio básico del derecho al debido proceso (TC/0009/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Falta de motivación: violación de los derechos a la tutela judicial efectiva y al debido proceso. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Anula y envía (Art. 54.9 y 54.10  LOTCPC). Voto particular: magistrados Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.

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