Detalle sentencia TC/0406/14

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Publicación: Martes 30 de Diciembre , 2014 / 12:00 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2013-0003

Recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por Yeni Berenice Reynoso, procuradora fiscal del Distrito Nacional; contra la Sentencia núm. 0185/2012, dictada por la Cuarta Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santiago de los Caballeros el nueve (9) de octubre de dos mil doce (2012).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencias de amparo: legitimación activa. Legitimación activa o calidad: la accionante es la Procuradora Fiscal del Distrito Nacional. Ministerio Público: ámbito de actuación (Ley 133-5 Orgánica del Ministerio Público). Ministerio Público: Calidad para actuar. Calidad: es la capacidad procesal conforme establezca la Constitución y la ley 133-5 Orgánica del Ministerio Público. Procuradora Fiscal: necesita estar autorizada para representar al Ministerio Público fuera de su jurisdicción. Procurador General: competente para actuar en todo el territorio nacional (Art. 30 de la Ley 133-11 Orgánica del Ministerio Público). Ministerio Público: función orgánica (Art. 169 de la Constitución).  Ministerio Público: ningún miembro ostenta la calidad necesaria para recurrir en revisión sin haber sido parte ante el juez de amparo. Consejo Superior del Ministerio Público: único órgano que puede implementar las políticas de gestión y persecución contra la criminalidad (Art. 7 de la Ley 133-11). Falta de calidad: Ley 834 de 1978 (Artículo 44): Aplicabilidad: Art. 7.12 LOTCPC. Medio de inadmisión: falta de calidad (Artículo 44, Ley  834). Inadmisible.

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17/01/2018
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