Detalle sentencia TC/0401/18

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Publicación: Martes 06 de Noviembre , 2018 / 04:58 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-11-2016-0003

Relativo a la solicitud de revisión de sentencia del Tribunal Constitucional, y expediente núm. TC-07-2016-0019, relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia, ambos interpuestos por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, contra la Sentencia TC/0261/14, dictada por el Tribunal Constitucional el cinco (5) de noviembre de dos mil catorce (2014).  

Sumario

Revisión de sentencia del Tribunal Constitucional. Demanda en suspensión: Competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión de sentencia del Tribunal Constitucional: contra sentencia TC/0261/14: estas sentencias no son susceptibles de recursos ni de demandas suspensivas (Art. 184 Constitución; Art. 31 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: este tribunal estima que el presente recurso de revisión debe ser considerado como un recurso jurídicamente inexistente, por no estar configurado entre los procedimientos constitucionales que el artículo 184 de la Constitución atribuye a este tribunal, ni en las facultades que le confiere su ley orgánica (TC/521/16). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: está referido a las decisiones emanadas por los órganos jurisdiccionales que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, y no a las sentencias del Tribunal Constitucional, en virtud del carácter definitivo, irrevocable y vinculante de las mismas (TC/0722/16; TC/0361/17; TC/0690/17). Sentencia TC/0261/14: está revestida de carácter definitivo, irrevocable y vinculante para todos los poderes y órganos del Estado. Sentencia TC/0261/14: no puede ser objeto de recurso alguno, en vista de que esta decisión es cosa juzgada constitucional. Recurso contra sentencia del Tribunal Constitucional: Inadmisibilidad (TC/521/16). Recurso contra sentencia del Tribunal Constitucional: carece de configuración constitucional y legal. Revisión de sentencias del Tribunal Constitucional: Procedimiento jurídicamente inexistente. Acto inexistente: dada la circunstancia de que el recurso de la especie carece absolutamente de viabilidad en nuestro ordenamiento. Sanción: corresponde a la gravedad que implica su carencia de configuración constitucional o legal. Demanda en suspensión: inadmisible por la inexistencia jurídica. Revisión de sentencias del Tribunal Constitucional: inexistente.

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07/11/2018
tc-0401-18.pdf
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