Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Art. 185.4 y 277 Constitución; Arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: supuestos de admisibilidad (Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Admisible (Art. 277 de la Constitución; Art. 53 de la LOTCPC). Suprema Corte de Justicia: declaró conforme con la Constitución la Ley 187-07 mediante la sentencia núm. 2 (B.J. 1173): considerando que dicha ley no violentaba los principios de seguridad jurídica ni de irretroactividad de la ley. Tribunal Constitucional: reconoció la condición de cosa juzgada de la declaratoria de constitucionalidad de la Ley 187-07 (TC/0308/14). Deber de motivar: elementos básicos: claridad, congruencia y lógica (TC/0009/13). Motivación: la sentencia objeto del presente recurso contiene fundamentos suficientes (TC/0009/13). Motivación: Suprema Corte de Justicia respondió los medios planteados. Derecho al trabajo: no se advierte controversia alguna de que el salario fuera disminuido o que percibiera un salario inferior al mínimo legalmente establecido en función del sector laboral. Tribunal Constitucional: no se verifica vulneración a los derechos invocados. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Rechaza y confirma. Voto particular: magistrados Castellanos Pizano, Bonilla Fernández y Castellanos Khoury.