Detalle sentencia TC/0385/14

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Publicación: Martes 30 de Diciembre , 2014 / 02:15 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-08-2012-0073

Recurso de casación incoado por la señora Santa Cricelina Calderón Soto contra la Sentencia de Amparo num. 014-2009, dictada por el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del distrito judicial de Peravia, en fecha nueve (9) de enero de dos mil nueve (2009).

Sumario

Recurso de casación. Recurso de casación. Suprema Corte de Justicia: único tribunal competente para conocer de los recursos de casación en su calidad de Corte de Casación (Ley 3726). Denegación de justicia: Suprema Corte de Justicia. Principio de aplicación inmediata a la ley procesal en el tiempo: excepciones (TC/0024/12). Seguridad jurídica: Situación jurídica consolidada (TC/0064/14; TC/0024/12; TC/0013/12). Decisión de los tribunales: toda persona tiene derecho de obtener una decisión en un plazo razonable. Principio Competence de la competence: todo tribunal está obligado a verificar su propia competencia. Principio Competence de la competence: naturaleza. Recurso de casación: recalificación del recurso de casación en recurso de revisión de amparo conforme a los principios de oficiosidad, efectividad y favorabilidad (Arts. 7.11, 7.4 y 7.5 de la Ley OTCPC). Principio de efectividad (Artículo 7.4 LOTCPC): tutela judicial diferenciada. Principio de favorabilidad y efectividad (Artículo 7 LOTCPC): faculta del Tribunal Constitucional a tomar las medidas necesarias para la protección de los derechos fundamentales (TC/0073/13). Revisión constitucional de sentencia de amparo: guarda. Guarda: corresponde al Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes. Protección de menores de edad: artículo 56 de la Constitución. Acción de amparo: no procede respecto a la determinación o nulidad de guarda. Acción de amparo: solo procede la guarda provisional ante violaciones palpables e inminentes al interés superior del niño. Acción de amparo: otras vías (Artículo 70.1). Revoca e inadmite. Votos particulares de los magistrados Acosta de los Santos y Jiménez Martínez.

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17/01/2018
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