Recurso de casación: Inadmisibilidad. Suprema Corte de Justicia: único tribunal competente para conocer de los recursos de casación en su calidad de Corte de Casación (Ley 3726). Denegación de justicia: Suprema Corte de Justicia. Seguridad jurídica: Situación jurídica consolidada (TC/0064/14). Decisión de los tribunales: toda persona tiene derecho de obtener una decisión en un plazo razonable. Principio Competence de la competence: todo tribunal está obligado a verificar su propia competencia. Principio Competence de la competence: naturaleza. Recurso de casación: recalificación del recurso de casación en recurso de revisión de amparo conforme a los principios de oficiosidad, efectividad y favorabilidad (Arts. 7.11, 7.4 y 7.5 de la Ley OTCPC). Principio de efectividad (Artículo 7.4 LOTCPC): tutela judicial diferenciada. Principio de favorabilidad y efectividad (Artículo 7 LOTCPC): faculta del Tribunal Constitucional a tomar las medidas necesarias para la protección de los derechos fundamentales (TC/0073/13). Revisión Constitucional de Sentencias de Amparo. Especial trascendencia o relevancia constitucional (TC/0007/12). Deber de estatuir: el tribunal incurrió en el error de no estatuir en uno de los dos recursos que estaba apoderado. Corte de apelación: incorrecta apreciación de los hechos. Revoca. Recurso de apelación: plazo tres días francos y hábiles, conforme a la resolución de la Suprema Corte de Justicia del 24 de febrero de 1999. Plazo franco: días hábiles y persona o a domicilio (Artículo 1033 del CPC). Recurso de apelación: admisible. Acoge. Revoca y rechaza.