Detalle sentencia TC/0370/16

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Publicación: Viernes 05 de Agosto , 2016 / 08:34 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-02-2016-0001

control preventivo de constitucionalidad del “Acuerdo entre el gobierno de la República Dominicana y el Consejo Federal Suizo sobre la exención mutua de visas para titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales, especiales o de servicio”, suscrito el catorce (14) de enero de dos mil dieciséis (2016). 

Sumario

Control preventivo de constitucionalidad. Control preventivo de constitucionalidad: Competencia (Arts. 6 y 185, numeral 2 Constitución; Arts. 9, 55 y 56 LOTCPC). Control preventivo de constitucionalidad: finalidad. Tratados internacionales: es necesario que se enmarquen dentro de los principios de supremacía constitucional, legalidad, soberanía, no intervención e integridad territorial. (Art. 3 Constitución). Derecho a la libertad de tránsito: (Art. 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como en el Art. 12 del pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos). Artículo 26 de la Constitución. Control preventivo de constitucionalidad: Conforme con la Constitución.

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17/01/2018
tc-0370-16.pdf
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