Recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, interpuesto por el señor Fidel Gómez de Jesús y compartes contra la Sentencia núm. 681, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticuatro (24) de octubre de dos mil doce (2012).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Art. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de forma (Art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Plazo. Plazo: 30 días (TC/0080/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Inadmisible: extemporáneo (Art. 54.1 LOTCPC) (TC/0026/2012; TC/0215/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no existe constancia de notificación de la sentencia recurrida, pero sí existe constancia de que el recurrente tenía conocimiento de la sentencia, lo que constituye la esencia del derecho al recurso (TC/0239/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Inadmisible. Voto Particular: Piña Medrano y Jiménez Martínez.