Detalle sentencia TC/0362/15

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Publicación: Miércoles 14 de Octubre , 2015 / 08:35 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2004-0016

La acción directa de inconstitucionalidad incoada por Teleantillas C. por A., Interamerica Broadcasting and Production Co., S.A., y Corporación Dominicana de Radio y Televisión, C. por A., contra la Resolución núm. 02-04, que homologa el reglamento de tarifas por comunicación y ejecución pública de las obras musicales fijada por la sociedad general de autores, compositores y editores dominicanos de música (SGACEDOM), dictada por la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA), el veinte (20) de febrero de dos mil catorce (2004).

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad: Competencia (Art. 185.1 Constitución; Art. 36 LOTCPC). Acción directa en inconstitucionalidad: al estar pendiente desde el 2004 está sujeta a las condiciones de la Constitución de 2002. Calidad o legitimación activa: parte interesada. Principio de aplicación inmediata de la Constitución: aplicabilidad de la Constitución de 2010. Legitimación activa: está sujeta a las condiciones exigidas en la Constitución de 2012, y esta una vez reformada en el 2015, norma constitucional aplicable. Legitimación activa: parte interesada (TC/0013/12; TC/0017/12; TC/022/12; TC/0024/12; TC/0025/12; TC/0027/12; TC/0028/12; TC/0032/12. Acción directa de inconstitucionalidad: acto administrativo de efectos particulares no puede ser impugnado por la vía de la acción directa de inconstitucionalidad. Tribunal Contencioso Administrativo: competencia. (TC/0051/12; TC/0073/12). Acción directa de inconstitucionalidad: el Tribunal Contencioso Administrativo, es el competente para conocer los actos como el de la especie, al ser “resoluciones, reglamentos u ordenanzas, Contratos y Decretos”, ya que el objeto del control concentrado debe trascender el ámbito de lo particular y estar investido de alcance general. TC/0051/12; TC/0052/12; TC/0053/12; TC/0055/12; TC/0066/12; TC/0067/12; TC/0068/12; TC/0074/12; TC/0075/12; TC/0076/12; TC/0077/12; TC/0078/12; TC/0086/12; TC/0087/12; TC/0089/12; TC/0102/12; TC/0103/12; TC/0104/12; TC/0056/13; TC/0060/13; TC/0065/13; TC/0066/13; TC/0117/13; TC/0128/13; TC/0134/13; TC/0140/13; TC/0141/13; TC/0145/13; TC/0149/13; TC/0165/13; TC/0195/13; TC/0253/13; TC/0259/13;    TC/0271/13;     TC/0045/14;   TC/0131/14;  TC/0009/15; TC/0025/15. Acción directa de inconstitucionalidad: Inadmisible Voto particular: magistrado Díaz Filpo.

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17/01/2018
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